El impago de salarios o los retrasos continuados en el cobro del sueldo generan una situación de vulnerabilidad para el trabajador. Hasta ahora, el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores permitía extinguir el contrato por esta causa, pero no quedaba claro cuándo se entendía que existía un incumplimiento suficientemente grave. La nueva redacción viene a aclararlo.
¿Qué es el impago de salarios y cuándo puedes actuar?
Se considera impago de salarios cuando el empresario no abona el salario pactado, o lo hace con retraso de forma reiterada. Con la nueva normativa, se define con precisión cuándo el trabajador puede solicitar la extinción del contrato con indemnización por despido improcedente.
La ley ahora es clara: cuándo existe causa para extinguir el contrato
Según el nuevo texto del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, hay causa justa de extinción del contrato por impago de salarios cuando se da alguna de estas situaciones:
- Retraso superior a 15 días en el abono del salario, contado desde la fecha fijada para el pago (normalmente el día 1 de cada mes).
- Tres mensualidades completas adeudadas en un periodo de un año, aunque no sean consecutivas.
- Retrasos en el pago del salario durante seis meses en el plazo de un año, también sin necesidad de que sean meses seguidos.
Esta reforma legal pone fin a la inseguridad jurídica que existía antes y otorga al trabajador herramientas claras para actuar en caso de incumplimientos salariales.
¿Qué derechos tienes si sufres impago de salarios?
Si se cumplen los requisitos anteriores, puedes presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social solicitando la extinción del contrato. Tendrás derecho a:
- La indemnización del despido improcedente: 33 días por año trabajado, con los topes legales.
- El cobro de los salarios adeudados, con:
- Intereses de demora.
- Un 10% adicional por mora salarial (artículo 29.3 del ET).
Además, si la empresa entra en concurso, podrás comunicar el crédito como salario pendiente.
¿Qué debes hacer si estás sufriendo impago de salarios?
- Reúne la documentación: nóminas, justificantes de pago, correos con recursos humanos, etc.
- Calcula el número de mensualidades impagadas o con retraso en el último año.
- Acude a un abogado laboralista que analice tu caso y te asesore sobre cómo proceder.
En AJM Abogados estamos especializados en casos de impago de salarios. Si tu empresa no te paga o lo hace tarde, podemos ayudarte a reclamar lo que te corresponde y a extinguir tu contrato con todas las garantías legales.