Tambien se puede escuchar en directo en la primera parte del programa Directos al Derecho.
LEGISLACION
Resolución de 2 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
STC 15-02-2021
El Tribunal Constitucional refuerza el sistema de arbitraje frente a los tribunales jurisdiccionales Según expone el TC, «el posible control judicial del laudo y su conformidad con el orden público no puede traer como consecuencia que el órgano judicial supla al tribunal arbitral en su función de aplicación del derecho». Asimismo, el Constitucional ha afirmado que el órgano judicial no es una «segunda instancia revisora de los hechos y los derechos», ni tampoco un «mecanismo de control de la correcta aplicación de la jurisprudencia». «Si la resolución arbitral no puede tacharse de arbitraria ilógica, absurda o irracional, no cabe declarar su nulidad amparándose en la noción de orden público
TRIBUNAL SUPREMO
CIVIL
STS 64/2021 09/02/2021
En las sociedades de capital, cuando se ejercita el derecho de separación La condición de socio se pierde desde que sea lógica, absurda o irracional, no cabe declarar su nulidad amparándose en la noción de orden público bona o consigna el reembolso de la cuota del socio, de forma que la comunicación es solamente un presupuesto del ejercicio del derecho:
STS 359/2021 09/02/2021
la doctrina de esta sala ha precisado que, aunque la libertad de expresión tenga un campo de actuación más amplio, no ampara la descalificación de una persona atribuyéndole hechos o conductas socialmente reprochables que puedan desacreditarla, lo que implica una exigencia de veracidad respecto de los hechos cuando puedan desacreditar a la persona criticada …ni siquiera esa exposición de una opinión crítica y legítima justificaría la atribución o imputación al criticado de «hechos no veraces, que objetivamente considerados, ofendan gravemente su honor, desacreditándolo públicamente tanto en el cargo que desempeña como personalmente»
Es absolutamente irrelevante que el día de la publicación fuera el llamado «día de los inocentes», pues lo contrario sería admitir que ese día no existe límite alguno a la libertad de expresión y que, por el contrario, las personas quedan privadas de su derecho al honor
PENAL.
STS 443/2021 (10/02/2021)
FALSO TESTIMONIO: el delito de falso testimonio de un delito especial propio, que solo puede cometer quien tenga la cualidad de testigo, y en el que el tipo objetivo se concreta en el hecho de prestar declaración en juicio contraria a la verdad, declaración que, por lo demás, ha de afectar a algún extremo esencial para la resolución del proceso, esto es, debe tener una significación probatoria, porque, en definitiva, estamos hablando de un medio de prueba, de ahí que la falsedad de lo declarado sea un dato objetivo, que se constata contrastando eso que se declare con la realidad.
Ahora bien, junto a este juicio sobre la veracidad, que se asienta en un criterio objetivo, ha de concurrir un elemento subjetivo, concretándose el tipo subjetivo en ser el testigo consciente de la falsedad de lo que declara, de manera que en caso de que la declaración, aunque sea objetivamente falsa, si no se tiene conciencia de ello, incluso si emite de manera negligente, al no tener cobertura en la norma penal, la conducta no será punible.
STS 441/2021 10/02/2021
– El tipo penal del abuso sexual se configura en nuestro ordenamiento enmarcado en los siguientes requisitos: de una parte, un elemento objetivo de contacto corporal, tocamiento impúdico, o cualquier otra exteriorización o materialización con significación sexual. Este elemento objetivo, de contacto corporal, puede ser ejecutado directamente por el sujeto activo sobre el cuerpo del sujeto pasivo o puede ser ordenado por el primero para que el sujeto pasivo lo realice sobre su propio cuerpo siempre que el mismo sea impuesto. De otra parte, el subjetivo o tendencial que se incorpora a la sentencia con la expresión del ánimo, o propósito de obtener una satisfacción sexual a costa de otro.
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,
STS 391/2021 (08/02/2021)
Procedimiento de error judicial: desestimación. El procedimiento para la declaración de error judicial no es una tercera instancia o casación encubierta en la que el recurrente pueda insistir, ante otro Tribunal en el criterio y posición que ya le fue desestimado y rechazado anteriormente. Solamente puede ser instado con éxito cuando el órgano judicial haya incurrido en una equivocación
STS 447/2021 (04/02/2021)
Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos -IMIVTNU-. Devolución de ingresos indebidos. Es posible al contribuyente solicitar -y obtener respuesta de fondo por parte de la Administración- por segunda vez, la rectificación de la autoliquidación formulada y la devolución de ingresos indebidos derivados de tal acto, mientras no se consume el plazo de prescripción del derecho del artículo 66.c) de la LGT, cuando la solicitud sea diferente a la primera por incorporar argumentos, datos o circunstancias relevantes para la resolución
SOCIAL
STS 435/2021 (08/02/2021)
Pagas extraordinarias: prorrateo prohibido en el Convenio colectivo (Sector sanitario de Madrid). Derecho a las pagas de junio y Navidad aun cuando las consecuencias no están explicitadas en el Convenio. , lo que cada persona trabajadora percibe mes a mes no es, en ningún caso, retribución por pagas extras sólo porque tal sea la calificación que la empresa le otorgue.
Comentario: Es decir la empresa tiene que volver a pagarlas
STS 408/2021 03/02/2021
La extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente total (artículo 49.1 e) ET) que no va a ser objeto de revisión por mejoría antes de dos años (artículo 48.2 ET), no requiere legalmente comunicación escrita del empresario al trabajador, por lo que la ausencia de dicha comunicación escrita no constituye despido improcedente.
STS 399/2021 (09/02/2021)
La retribución en caso de interinidad debe corresponderse con la del puesto desempeñado por la persona sustituida.