Juan, trabajador del sector de la hostelería acudió a nuestro despacho con la intención de solicitar la baja voluntaria en Tres Cantos, harto de las condiciones abusivas que soportaba en su trabajo. Lo hacían trabajar jornadas interminables, muy por encima de lo legal, y su jefe, de carácter abrupto, creaba un ambiente hostil en el que Juan se sentía constantemente vejado. Sin embargo, tras analizar su situación, le aconsejamos que, en lugar de renunciar, tenía derecho a solicitar lo que se conoce como autodespido, lo que le permitiría irse de la empresa con una indemnización equivalente a la de un despido improcedente.
El autodespido, también conocido como despido indirecto, está regulado en el artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. Esta herramienta legal permite que el trabajador resuelva su contrato cuando el empresario incumple gravemente sus obligaciones, como ocurrió en el caso de Juan. Las condiciones a las que era sometido, como las jornadas abusivas y el trato vejatorio, justificaban su derecho a poner fin a la relación laboral de forma unilateral, obteniendo una indemnización.
Gracias a nuestros servicios como abogado laboralista en Tres Cantos, Juan no solo consiguió la indemnización correspondiente a un despido improcedente, en vez de una baja voluntaria en tres cantos sino que, dada la gravedad del acoso y vejaciones sufridas, también obtuvo una compensación por daños morales.
Si te encuentras en una situación similar, es importante que conozcas tus derechos. El autodespido puede ser la solución adecuada para resolver una situación laboral insostenible sin renunciar a la compensación que te corresponde. Consulta con un abogado laboralista en Tres Cantos para que te asesore sobre tus opciones.