LEGISLACION.
Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
JURISPRUDENCIA.
CIVIL.
STS 4491/2022 de 21 de diciembre 2022 Requerimiento Previo Inclusión Fichero de Morosos
nuestra doctrina sobre el enfoque funcional del requerimiento previo de pago nos ha llevado a restar relevancia a este requisito como elemento determinante de la existencia de una vulneración del derecho al honor cuando el deudor no se ha visto sorprendido por la inclusión en el fichero al tener constancia de la deuda y evidenciar sus actos una actitud totalmente pasiva
STS 4820/2022 de 1 de diciembre de 2022 Exoneración del Pasivo insatisfecho y condena penal por delitos contra el patrimonio.
No cualquier condena por un delito formalmente incluido en la relación legal merecía la privación de la condición de deudor de buena fe, sino cuando el delito tuviera una cierta gravedad, que en el caso de los delitos de daños a la propiedad ajena del art. 263 CP resulta muy relevante, pues excluiría el tipo general del apartado 1 y sí incluiría el tipo agravado del apartado 2, en el que las circunstancias que lo agravan sí hacen desmerecer de la exoneración..
PENAL
STS 4652/2022 21 de diciembre Recurso de Casación
El recurso de casación introducido por la Ley 41/2015 contra sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales no es una tercera instancia. Es una opción político-legislativa que no viene determinada por el mandato constitucional de garantizar un recurso efectivo contra la condena. Lo que atribuye al legislador ordinario mayor libertad configurativa para ajustar el modelo impugnatorio al fin pretendido que, para este recurso, es, exclusivamente, el de fortalecer la función nomofiláctica del Tribunal Supremo y, con ella, la uniformidad en la aplicación de la ley penal, respecto a todos los delitos graves y menos graves. Lo que explica, insistimos, las fuertes restricciones de interposición y admisión que lo convierten en un recurso de marcada naturaleza extraordinaria.
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
STS 4647/2022 de 2 de diciembre IVA ADMINISTRADORES CURSALES
El devengo del Impuesto sobre el Valor Añadido por los servicios prestados por los administradores concursales se produce al finalizar cada una de las fases del proceso concursal.
STS 4650/2022 de 3 de noviembre Deducción IVA Régimen de Viajeros
para acreditar la residencia habitual del adquirente, a los efectos de aplicar la exención por exportación de bienes en régimen de viajeros del Impuesto sobre el Valor Añadido, no basta con la aportación del pasaporte, tal y como contempla el artículo, cuando en el mismo no conste la residencia habitual o domicilio del receptor de las entregas de bienes, siendo preciso en este caso, adicionalmente, presentar otros medios de prueba que acrediten la residencia habitual del viajero. En todo caso, corresponde al vendedor o proveedor de las mercancías, sujeto pasivo del IVA, verificar si el documento presentado por el viajero para poder disfrutar de la exención contiene el dato de la residencia habitual o domicilio del viajero, pudiendo, en su caso, ser dicho documento, el pasaporte, el documento de identidad o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho
SOCIAL
STS 4674/2022 de 20 de diciembre Incumplimientos Formales
Razón por la que debe desestimarse cualquier defectuoso escrito que incumpla de forma grave e insubsanable la obligación de expresar por separado cada uno de los motivos de casación y exponer con el necesario rigor y claridad las causas de impugnación de la sentencia, razonado la pertinencia y fundamentación de cada motivo, con argumentación y alusión suficiente al contenido concreto de la infracción o vulneracióncometidas, y mención precisa de las normas sustantivas o procesales infringidas… – Con estas exigencias no se pretende aplicar al recurrente un rigorismo puramente formal, que sería contrario al derecho a la tutela judicial efectiva que consagra el art. 24.1 CE, sino, bien al contrario, garantizar ese mismo derecho a los recurridos, en tanto que la estimación de un recurso que ha sido defectuosamente planteado supone dejar en indefensión a la parte contraria
STS 4679/2022 de 15 de diciembre Condición mas beneficiosa Tacita
El contrato de trabajo tiene naturaleza onerosa y la prestación de trabajo y la contraprestación salarial son obligaciones recíprocas: una es siempre causa de la otra y al revés. Por decirlo sintéticamente, «laboralidad» y «liberalidad» son términos antagónicos y recíprocamente excluyentes. Por ello, el socorrido argumento de la «tolerancia» que, en definitiva, es una suerte de liberalidad, tampoco puede aceptarse por mera afirmación de parte …». Precisamente por el carácter tácito de la condición más beneficiosa, la mejor forma de demostrar su existencia es la permanencia continuada en el tiempo del disfrute de esa condición por parte del trabajador o los trabajadores que la tengan reconocida, y en sentido contrario, la mera invocación por la empresa de su voluntad de conceder una simple «liberalidad», no puede prevalecer sobre los elementos objetivos que apunten en dirección contraria, entre los que sin duda adquiere una especial relevancia la permanencia y reiteración en el tiempo y a lo largo de los años de esa actuación empresarial