Hay una frase que todos hemos escuchado en el pasillo de un juzgado: “No te preocupes, la pensión se ajustará cuando salga la sentencia”. Suena razonable, casi lógico. Pero la realidad es mucho más cruda cuando te sientas en el despacho con un padre que lleva meses pagando una cuantía que ya no puede asumir, o con una madre que no recibe lo necesario para llenar la nevera porque el proceso se eterniza. Los retrasos en la Administración de Justicia estan produciendo unos efectos devastadores e injustos que son aprovechados por la contraparte
En el derecho de familia, la Justicia no solo decide el “qué”, también decide el “desde cuándo”. Y ese matiz temporal es, con frecuencia, la frontera entre el equilibrio y la ruina económica de una familia.
La trampa del calendario judicial
La reciente STS 5654/2025, de 17 de diciembre, vuelve a poner el dedo en la llaga sobre un tema que genera más frustración que doctrina: el momento exacto en el que empieza a contar una nueva pensión.
El Tribunal Supremo es tajante, pero su criterio choca frontalmente con la realidad de la lentitud de nuestro sistema. Creo que habrá que empezar a pedir indemnizaciones por el retraso en la Administración de Justicia en estos casos. ¿Alguién se anima?. Para el Alto Tribunal, existen dos mundos distintos y conviene no confundirlos si no queremos perder el pleito (y el dinero):
- Empezar de cero (Alimentos ex novo): Si el hijo se muda contigo y es la primera vez que se fija una pensión a tu favor, la ley te protege algo más. Aquí, la STS 5654/2025 reafirma que el derecho nace, por lo general, desde que presentas la demanda. Es de justicia: el obligado lo es desde que se le reclama judicialmente.
- Subir o bajar lo que ya hay (Modificación de cuantía): Aquí es donde aparece el «elefante en la habitación». Si lo que pides es que la pensión baje porque tus ingresos han caído, o que suba porque las necesidades del menor han crecido, la regla cambia: el nuevo importe solo cuenta desde que se dicta la sentencia o en su caso la de apelación
El castigo por la lentitud del sistema
Piénsalo un segundo. Si un juzgado está colapsado y tarda 18 meses en dictar sentencia, ese tiempo no es neutro.
Si tú tienes razón y la pensión debía bajar, habrás pagado «a precio de oro» durante año y medio sin posibilidad de recuperar ese dinero (porque los alimentos ya consumidos no se devuelven). Si por el contrario la pensión debía subir, el progenitor custodio habrá soportado una carga injusta durante todo ese tiempo.
Como abogado, me resulta difícil explicar a un cliente que, aunque el Supremo tenga una doctrina «de libro» (reiterada también en la STS 5504/2025, de 9 de diciembre), la realidad es que el retraso judicial castiga sistemáticamente al que tiene la razón. En un juzgado ágil, la norma es coherente; en uno saturado, la norma es una condena económica.
La lección de la STS 5654/2025: No dejes cabos sueltos
Esta última sentencia del Supremo nos deja un aviso para navegantes. En el caso analizado, un padre pedía la retroactividad a la demanda porque el hijo ya vivía con él. ¿El problema? La incertidumbre.
El Tribunal no vio claro el momento exacto en que empezó esa convivencia. ¿Resultado? En lugar de irse a la fecha de la demanda, el Supremo marcó el inicio en el auto de medidas provisionales. Es un recordatorio de que, en familia, los hechos hay que blindarlos con fechas, pruebas y cronogramas claros. Si el «momento» es dudoso, el juez buscará un hito procesal seguro, y eso puede costarte miles de euros.
Reflexión final
En los procesos de modificación de medidas no solo hablamos de artículos del Código Civil; hablamos de meses de vida y de estabilidad emocional.
Como hemos visto, la STS 5654/2025 nos enseña que en Derecho de Familia la victoria no solo está en la razón, sino en la precisión del calendario. Blindar la fecha de los hechos y entender qué gastos son realmente exigibles es lo que marca la diferencia entre una sentencia justa y una lotería procesal.
Esta sentencia nos enseña que la técnica jurídica es vital, pero que la estrategia procesal debe ser quirúrgica desde el minuto uno. Porque cuando la Justicia es lenta, el derecho se vuelve un juego de azar donde el tiempo es el único que siempre gana.
¿Estás en una situación donde la pensión actual ya no refleja tu realidad? No esperes a que el calendario trabaje en tu contra. Como mediador y abogado, mi consejo es actuar rápido y con una estrategia de prueba sólida desde el primer escrito.
Si te encuentras pagando una pensión que ya no corresponde, la celeridad es vital. Desde nuestras sedes en Colmenar Viejo, Madrid, Alcobendas, Tres Cantos, Collado Villalba o Torrelodones, gestionamos incidentes de modificación con carácter de urgencia para minimizar el impacto del retraso judicial y asegurar, como permite esta sentencia, la devolución de lo cobrado indebidamente