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Calcule la fecha límite para presentar la papeleta de conciliación y la demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo es de veinte días hábiles y es de caducidad: cuando vence, no hay vuelta atrás.
Los veinte días del artículo 59.3 del Estatuto de los Trabajadores son un plazo de caducidad, no de prescripción. No se interrumpe con una reclamación verbal, ni con un correo a la empresa, ni porque estén negociando con usted. Solo lo suspende la presentación de la papeleta de conciliación.
Si el plazo vence sin haber presentado la papeleta, la acción se pierde de forma definitiva, aunque el despido fuera manifiestamente improcedente. No hay recurso ni segunda oportunidad.
Indique el tipo de reclamación, la comunidad autónoma y la fecha del hecho. Si ya presentó la papeleta de conciliación, márquelo para que el cálculo tenga en cuenta la suspensión del plazo.
Preparamos y presentamos la papeleta de conciliación en el día si hace falta. Llámenos y confirmamos su plazo exacto antes de que sea tarde.
Cuatro reglas que deciden si llega a tiempo o se queda fuera.
El plazo corre desde el día siguiente a aquel en que el despido produce efectos, no desde la fecha de la carta. Si le entregan la carta el día 5 con efectos del día 20, el reloj empieza el 21. En la sanción, desde el día siguiente a su notificación.
Art. 59.3 ETNo cuentan sábados, domingos ni festivos nacionales, autonómicos o locales. Dos festivos autonómicos mal contados desplazan la fecha límite lo suficiente como para perder o salvar el asunto.
Art. 59.3 ETPara el despido, agosto y los días entre el 24 de diciembre y el 6 de enero son hábiles: el plazo sigue corriendo en vacaciones. Para la impugnación de una sanción disciplinaria, en cambio, esos días son inhábiles, porque esa modalidad no figura entre las exceptuadas.
Art. 43.4 LRJSPresentar la papeleta de conciliación suspende el plazo, pero los días ya consumidos no se recuperan. El cómputo se reanuda al día siguiente de celebrarse el acto o, si no se celebra, transcurridos quince días hábiles desde la presentación.
Art. 65.1 LRJSPreparamos y presentamos la papeleta de conciliación en el día si hace falta. Llámenos y confirmamos su plazo exacto antes de que sea tarde.
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